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¿Te pueden multar por reservar sitio en la playa de madrugada?

Paula Méndez / R. S.

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serafín valladares

Los concellos pueden hacerlo, acogiéndose a una ley, pero es difícil probar la infracción del bañista

17 ago 2021 . Actualizado a las 05:00 h.

Este fin de semana, Cangas protagonizó una peculiar escena: varias personas fueron sancionadas por intentar reservar sitio al lado del mar, dejando allí sus pertenencias y regresando al cabo de unas horas. Pero, ¿realmente se puede multar por ello? En teoría, sí que se puede, pero deben cumplirse una serie de características para que sea sancionable.

La ley que regula las bases del régimen local establece como infracción muy grave el «impedimento del uso de un servicio público por otra u otras personas con derecho a su utilización». La sanción por este tipo de infracciones asciende hasta los 3.000 euros, según recoge esta misma norma, aunque la normativa del concello de Cangas la puntúa como leve.

Esta ley da cobertura a las ordenanzas locales para que puedan recoger las sanciones pertinentes. Aún así, para que tenga validez, el municipio también debe recoger en su normativa dicha prohibición y su correspondiente sanción. Así, en el caso de la ordenanza municipal que regula el uso de las playas de Cangas, «queda prohibida a permanencia, durante a noite, de antucas, parasoles, butacas e/ou demais aveños, coa finalidade de reservar o espazo físico da praia».

La playa, al contrario de lo que suele pensarse, «no es un espacio que se pueda utilizar de forma privada, sino que se trata de un espacio regulado», explica Alberto Vaquero García, codirector de la Red Localis.

Además, «es lógico que se controle por la noche porque durante el día se tienen en cuenta muchas variables», añade Concepción Campos, experta en municipalismo. «Lo difícil es poder probar la infracción. Fuera del horario nocturno, una persona puede dejar sus pertenencias en un sitio fijo e ir a dar un paseo o a bañarse. O puede ir a comer a las inmediaciones de la playa, una actividad que ocupa habitualmente al menos una hora, sin desmontar las sombrillas o las sillas porque tiene intención de volver», señala.

Según reflexiona Campos, «necesitaríamos la presencia constante de la Policía para probar que hay infracción en cada caso».

El caso de Cangas supone un hecho excepcional si lo comparamos con el resto de Galicia.

En otras zonas del litoral de la comunidad, como Barbanza, A Mariña o la Costa da Morte, no se registran este tipo de restricciones. El Concello de O Grove sí considera esta actividad como una infracción leve dentro de su ordenanza, aunque no tiene constancia de intentos de reservar sitio en la playa. «Era lo que nos faltaba», añade el alcalde. En Vilanova y A Illa no ha habido ningún problema en ese sentido. Tampoco en Vilagarcía, aunque sí se ha dado el caso de que gente que no ha recogido las sillas o las toallas a la hora de comer, guardando sitio para la tarde, y en alguna ocasión se han encontrado con gente acomodada en ellas al volver.

En general, «son comportamientos en los que uno no piensa cuando está redactando la normativa», explica Concepción Campos. «Mientras que la instalación de hamacas y sombrillas permanentes por parte de servicios turísticos privados sí está sujeta a autorizaciones administrativas, su colocación por parte de particulares debe realizarse dentro de las pautas establecidas legalmente», añade Alberto Vaquero García. «Los usuarios de las playas deben respetar las zonas de paso y no impedir las tareas de limpieza del ayuntamiento, por ejemplo, dejando la arena repleta de sombrillas que impidan el paso de las máquinas», expone.

Además, intervienen los factores geográficos de cada zona. «Lo que ha pasado en Cangas nos llama la atención porque la demanda de turismo de sol y playa es menor en Galicia que en otras partes de España», explica. Así, el Levante —la Comunidad Valenciana y la Región de Murcia— son las zonas donde más presencia tienen este tipo de sanciones. «Es un problema de falta de espacio», señala Vaquero. Entra en juego el tamaño de la playa, a lo que se le suma el hecho de que, ante la demanda de sol, también hay más demanda de normativa. «Galicia ese problema no lo tiene, salvo casos muy puntuales, como Cangas o Sanxenxo. Puede darse, pero es menos frecuente», apunta.