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Cangas multará a quien reserve sitio en la playa con toallas o sombrillas

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La revisión de la norma prevé prohibir lanzarse desde acantilados al mar

17 mar 2022 . Actualizado a las 00:35 h.

Hasta 300 euros de multa por guardar sitio en la playa con toallas o sombrillas, bañarse en lugares de riesgo, o dejar que los perros invadan zonas de protección de aves. Son algunas de las nuevas normas que el gobierno local de Cangas propondrá que se incluyan en la ordenanza de uso y disfrute de las playas. La normativa está en vigor desde el año 2009 pero es necesario «adecuala á mova realidade, conciliando os dereitos e deberes de dous usuarios coa protección dos usuarios coa protección do medio natural e as iniciativas de desenvolvemento económico». Es lo que recoge el enunciado de la propuesta que el gobierno local remitirá a los grupos políticos en busca de consenso, ya que cuenta solo con cuatro de los 21 concejales que conforman la corporación de Cangas.

La nueva realidad a la que se refiere el texto no guarda relación directa con la pandemia sino con el bum turístico del municipio y la necesidad de compatibilizar los usos. El documento contempla reformas y añadidos en seis de los 31 artículos de la ordenanza que está en vigor desde hace 13 años. En los apartados 12 y 15, bajo los epígrafes de Ocupación y Obxectos nas praias, respectivamente, se propone una nueva redacción que limita los usos. El más urgente, debido a los insólitos escenarios en los que se transformaron arenales como el de Francón el pasado verano, cuando amaneció como una playa fantasma, sin ninguna persona sobre la arena, pero tomada por toallas, tumbonas y sombrillas, se refiere a la prohibición del uso de cualquiera de estos elementos para reservar un sitio. La ordenanza municipal ya vetaba esta práctica, pero solo durante la noche mientras que en la modificación ya no hay horarios. «Queda prohibido deixar instaladas pasarelas e antucas diáfanos nos seus laterais, sempre que non se atopen presentes os propietarios, polo só feito de ter reservado un lugar na praia», concreta. Los empleados municipales, en presencia de la Policía Local, que levantará el acta correspondiente, podrán retirar los elementos que estén instalados de manera irregular y depositarlos en dependencias municipales hasta que sus dueños justifiquen su propiedad.

Esta práctica se contempla como una de las infracciones leves que se desarrollaran en el artículo 31, con multas que oscilan entre los 60 y los 300 euros. Con la misma catalogación y sanción, se recogen otras prácticas como las que prevé incluirse en el artículo 25, Das obrigas do bañistas. La nueva normativa pretende incluir un párrafo sobre otra práctica peligrosa. «Queda prohibido lanzarse á auga do mar dende as zonas superiores dos cantís, rochas, espigóns, embarcadoiros, plataformas decorativas, zonas sinalizadas onde estea prohibido o baño ou o acceso sexa restrinxido, zonas de fondos superficiais e, en xeral, calquera outro lugar que, pola orografía propia da zona de dominio público marítimo terrestre, supoñan un risco para a seguridade das persoas e resto de usuarios». Las personas que incumplan esta prohibición, lo harán bajo su responsabilidad y «poden ser obrigadas a saír da auga pola súa propia seguridade, sen prexuízo da imposición da sanción correspondente».

En la modificación de la ordenanza se limita la prohibición de acceso, permanencia o baño de cualquier animal doméstico entre el 15 de junio y el 15 de septiembre, como en la mayoría de municipios. En el reglamento cangués anterior no estaba autorizada su presencia en ninguna época. En esta adaptación se permite fuera de la época estival, pero también se prohíbe la circulación de los animales domésticos en zonas sensibles por la cría de aves, como las de protección del chorlitejo patinegro en Nerga, Barra y Areabrava. Entre el 15 de marzo y el 15 de septiembre tampoco podrán estar en las zonas de Rede Natura 2000, en la de Punta Balea, Praia do Medio y en Areamilla. También se contempla la prohibición de realizar hogueras en el suelo de la playa, arenas, piedras o rocas, con norma específica para San Xoán, o la de prestar servicios como masajes sin una autorización expresa.